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Prestación

Eventos requeridos para
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Requisitos para realizar tramite ante el IMSS  ó  Aseguradora*

Requisitos para realizar tramite ante AFORE

Desempleo


      Cuando el trabajador se encuentre desempleado podrá disponer de esta ayuda considerando los siguientes supuestos:

  • Si su cuenta individual tiene al menos 3 años de apertura y un mínimo de doce bimestres acreditados en el IMSS. Puede retirar en un solo pago la cantidad de 30 días de su último salario base de cotización. El límite es de 10 veces el Salario Mínimo Mensual General Vigente que rija en el DF (SMMGVDF).

  • Si su cuenta individual tiene 5 años o más de apertura, puede elegir que su retiro sea en un solo pago o hasta en 6 mensualidades, la cantidad que resulte menor entre:

    • a) 90 días de salario base de cotización de las últimas 250 semanas cotizadas.
    • b) El 11.5% de su saldo acumulado en la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez.

      Si su certificado de baja menciona que tiene derecho a ambas opciones, usted decidirá el monto a retirar.
  • Tener por lo menos 45 días de desempleado a partir de la fecha de baja ante el IMSS.
  • Tener una cuenta individual con al menos 3 años de apertura y mínimo 12 bimestres cotizados ante el IMSS.
  • No haber recibido ayuda por desempleo en los últimos 5 años.

• Dos últimos estados de cuenta que proporciona la Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE).
• Identificación oficial con fotografía y firma del asegurado(a) o pensionado(a) (Credencial para Votar, Cartilla del Servicio Militar Nacional, Pasaporte, Cédula Profesional). Documento que contenga el Número de Seguridad Social .
• NOTA: El retiro de la ayuda, disminuirá en proporción el número de semanas cotizadas.

 

Original  del certificado de baja del trabajador emitido por el IMSS.

Original y copia de identificación oficial (credencial de elector).

Original y copia de comprobante de domicilio reciente (Deberá tener una antigüedad no mayor a 3 meses).

Comprobante de AFORE.

 

Matrimonio

      Al contraer matrimonio civil, usted tiene derecho a retirar una cantidad equivalente a 30 días de salario mánimo vigente que rija en el Distrito Federal del año en que contrajo matrimonio. Es importante comunicarte que con la nueva reforma a la Ley, al realizar este retiro NO se te descontarán semanas de cotización.



  • Tener como mínimo 150 semanas de cotización ante el IMSS a la fecha de la celebración del matrimonio.
  • Tener saldo suficiente en el rubro de la cuota social que aporta el Gobierno Federal a los trabajadores que reciban ésta, de lo contrario, la ayuda se dispondrá con las aportaciones patronales y del estado a la Sub-cuenta de Retiro Cesantía en edad avanzada y vejez.
  • No haber recibido ayuda para gastos de matrimonio anteriormente.

Acta de Matrimonio original o copia certificada

Tarjeta de Afiliación del asegurado o bien un documento que refiera su número de afiliación.

Copia de su estado de cuenta de Afore

Credencial IFE o pasaporte vigente

 

Original  del resolución de ayuda de gastos de matrimonio emitido por el IMSS.

Original y copia de identificación oficial (credencial de elector).

Original y copia de comprobante de domicilio reciente (Deberá tener una antigüedad no mayor a 3 meses)

Comprobante de AFORE.

 

 

 

 

Gastos Funerarios

Consiste en 2 meses de salario mínimo general que rija en el Distrito Federal a la fecha del fallecimiento.

Ésta debe ser solicitada por los familiares del asegurado, pensionado o quien haya efectuado los gastos del funeral, en la sección de Prestaciones Económicas de la Subdelegación Administrativa que le corresponda de acuerdo al domicilio de la unidad de medicina familiar de adscripción del asegurado.

La obligación de pagar la Ayuda de Gastos de Funeral prescribe en 1 año a partir de la fecha del fallecimiento del asegurado.

Tarjeta de Afiliación del asegurado o credencial de pensionado, o bien un documento que refiera su número de afiliación
Copia certificada del Acta de Defunción
Factura original de los Gastos de Funeral
Credencial de elector o pasaporte vigente de la persona que realiza el trámite

El IMSS entrega :
Cheque por la cantidad que corresponda, una vez procesada la solicitud

.

 

 

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Pensión

Eventos requeridos para obtener la pensión

Requisitos para
realizar tramite

Requisitos para realizar tramite disposición ante AFORE

Cesantía

La pensión de cesantía en edad avanzada se otorga al trabajador asegurado cuando quede privado de trabajo remunerado a partir de los sesenta años de edad y reúna como mínimo 500 semanas cotizadas conforme a la Ley del Seguro Social de 1973 o 1250 semanas para la Ley de 1997. •Credencial ADIMSS
•Acta de nacimiento
•Acta de matrimonio
•Acta de nacimiento de los hijos y comprobante de estudios (hijos entre 16 y 25 años)
•Credencial de elector •Comprobante de domicilio •CURP •Último estado de cuenta de AFORE
•Original y copia de la resolución de pensión emitida por el IMSS
•Original y copia de identificación oficial (credencial de elector )
•Original y copia de credencial de pensionado •Comprobante de AFORE

Vejez

La pensión de vejez se otorga al trabajador asegurado que haya cumplido 65 años de edad y reúna como mínimo 500 semanas cotizadas (Ley 1973) ó 1250 semanas (Ley 1997).

•Credencial ADIMSS
•Acta de nacimiento
•Acta de matrimonio
•Acta de nacimiento de los hijos y comprobante de estudios (hijos entre 16 y 25 años)
•Credencial de elector •Comprobante de domicilio •CURP •Último estado de cuenta de AFORE
•Original y copia de la resolución de pensión emitida por el IMSS
•Original y copia de identificación oficial (credencial de elector )
•Original y copia de credencial de pensionado •Comprobante de AFORE

Incapacidad  Permanente Total

Cuando el asegurado sufra un accidente de trabajo y a consecuencia se le haya dictaminado previa valoración del Instituto. IMSS:
•Copia certificada de las actas de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento o declaración de adopción de cada uno de los hijos (solo para pensiones con porcentaje de valuación igual al 100%.
•Clave Única de Registro de Población (CURP) de cada uno de los beneficiarios.
Copia certificada del acta de matrimonio, tratándose de esposa .
•Constancia testimonial que acredite el concubinato, tratándose de concubina.
•Comprobantes de estudios de los hijos mayores de 16 años y hasta 25 años que se encuentren incorporados al sistema educativo nacional (solo para pensiones con porcentaje de valuación igual al 100%).
Aseguradora:
•Documento de Elegibilidad.
Original y copia de identificación oficial (credencial de elector).
•Resolución Original de pensión.
•Original y copia de comprobante de domicilio.
•Original y copia de la resolución de pensión emitida por el IMSS
•Original y copia de identificación oficial (credencial de elector )
•Original y copia de credencial de pensionado •Comprobante de AFORE

Viudez
Orfandad

Cuando ocurra la muerte del asegurado o del pensionado por invalidez.

•El asegurado o pensionado: •Original de la credencial ADIMSS o credencial de pensionado o cualquier documento que contenga el número de seguridad social;
•Clave Única de Registro de Población (CURP), en caso de contar con ella;
•Documento de la AFORE
copia certificada del acta de defunción;
tratándose del fallecimiento por un riesgo de trabajo, copia del aviso para calificar probable riesgo (ST-1).

•El solicitante viuda(o) y a falta de ésta(e), la concubina(rio): credencial ADIMSS, credencial para votar o cualquier documento oficial con fotografía y firma;
tratándose de personas de nacionalidad diferente a la mexicana, deberán presentar pasaporte o forma migratoria expedida por la Secretaría de Gobernación;
•copia certificada de acta de nacimiento;
•copia certificada del acta de matrimonio o, en su caso, acreditación del concubinato.
Aseguradora:
•Documento de Elegibilidad.
•Original y copia de identificación oficial (credencial de elector).
•Resolución Original de pensión.
•Original y copia de comprobante de domicilio.

•Original y copia de la resolución de pensión emitida por el IMSS.
•Original y copia de identificación oficial (credencial de elector) del beneficiario o tutor.
•Original y copia de credencial de pensionado .
•Comprobante de AFORE.

Ascendientes

Cuando fallece el trabajador o pensionado y no existe viuda, huérfanos, ni concubina ; la pensión de ascendientes podrá ser solicitada por los beneficiarios padres que dependían de él. Los familiares del trabajador o pensionado fallecido, deberán acudir a la Unidad de Medicina Familiar con: Credencial ADIMSS
•Cualquier documento que contenga el Número de Seguridad Social del trabajador ó pensionado fallecido.
•Clave Única de Registro de Población ( CURP ) del fallecido
•Estado de cuenta de AFORE
•Copia certificada de acta de defunción
•Copia certificada del acta de nacimiento, reconocimiento o declaración de adopción del solicitante
•Identificación oficial con fotografía y firma , cuando se trata de personas extranjeras deberá presentar pasaporte ó forma migratoria expedida por la Secretaría de Gobernación, de cada uno de los padres
•Tratándose del fallecimiento por un Riesgo de Trabajo, copia del formato ST1 (calificación del probable riesgo de trabajo)
•Original y copia de la resolución de pensión emitida por el IMSS.
•Original y copia de identificación oficial (credencial de elector) del beneficiario
•Original y copia de credencial de pensionado del beneficiario •Comprobante de AFORE.

Plan Privado de  Pensión

Las cantidades aportadas para fines sociales, considerándose como tals las entregas para constituir fondos de algún plan de pensiones establecido por el patrón o derivado de contratación colectiva. Los planes de pensiones serán sólo los que reúnan los requisitos que establezca la Comisión Nacional de Sistema de Ahorro para el Retiro.

Que la empresa este dada de alta en el uevo plan de pensiones.

Haber cumplido con los años de servicio en la empresa.

El trabajador:
Deberá dirigirse al departamento de Recursos Humanos de su empresa para solicitar la información necesaria para su pensión privada.

 

 

 

 

 

 

 

Plan Privado de Pensión
Ley 1997

Escrito original del patrón en donde solicita al actuario
autorizado la emisión de la Constancia.
• Constancia original suscrita por un actuario autorizado
ante la Comisión, en donde se acredite que el trabajador
o sus beneficiarios han adquirido el derecho a disfrutar
de una Pensión en los términos de un plan registrado ante la Comisión.
• Original y copia comprobante de Afore (estado de cuenta,
constancia de registro, etc)
• Original y copia simple de credencial de elector por ambos
lados.

Ley 1973
Y si el plan se encuentra de conformidad con lo previsto en la Ley del Seguro Social 1973, podrán disponer de los recursos
de las subcuentas de Retiro SAR del régimen 92 y Vivienda
régimen 92, en una sola exhibición.
• Documento Original Anexo "A" de acuerdo a lo establecido
en la circular 31 - 5 la cual es emitida por el área de Recursos Humanos de su empresa.
• Original y copia de comprobante de Afore (estado de cuenta, constancia de registro, etc).
• Original y copia simple de credencial de elector por ambos lados.

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